Por César A. Peña /
Aun no destellaba el sol del lunes 21 de agosto del 1995, cuando un camión de color gris se acercaba al Batey Libertad. El vehículo había salido media hora antes del cuartel policial de Esperanza. La cinco en punto señalaba la aguja del reloj de cuerdas con pulseras negras del teniente Mejía, comandante del contingente militar que iba en el transporte.
Éste dijo, con voz autoritaria: - cabo Ramírez, orille el camión ma´ pa´lante del puente-Al mandato, chillaron las gomas de la máquina en el mismo instante que su chofer embragó la palanca de los frenos. Rompió el silencio de la madrugada. Las gallinas, en el palo todavía, que dormían próximo, se espantaron iniciando un alboroto. De inmediato, diez efectivos militares desmontaron del camión. Bajo la orden del teniente, rodearon los barrancones. Con voz de trueno, gritaba incesantemente el comandante: - abran las puertas…-.
Dentro reinaba un mutismo misterioso. Un humo negro, desprendido por el motor en marcha del camión, se filtraba por las hendijas del techo del barrancón más cercano a la calle. Ni un movimiento se percibía dentro las habitaciones. Embriagados de pánico, nadie ponía asunto al mandato de fuera.
Dos guardias, con bayoneta en manos, después de una orden, arrancaron de cuajo las tranqueras. Al instante, rompió el silencio del interior de los cuartos en despavoridos clamores y griteríos. Hombres de color, en poca ropa, salían obligados bruscamente de sus lugares de descanso.
De forma casi automática se colocaban rápidamente en filas. Mejía, macana en mano, le vociferaba de modo imperativo, señalando el que quedaba delante de la fila: - diga perejil…- Si contestaba pelejil, era subido en vilo al camión para ser trasladado a la frontera con Haití de Dajabón.
La escena descrita es un ejemplo extremo, a veces necesario, del carácter relativo que tienen los derechos fundamentales, de acuerdo con la jurisprudencia, cuando se pretende proteger la salud, la tranquilidad o soberanía de un Estado o los derechos de una persona en particular.
Y esto no significa que hay violación a la dignidad humana. Dice Eduardo Jorge Prats, citando a Brage Camanazo, ¨…que ni todo derecho fundamental es inherente a la dignidad humana ni cualquier limitación al ejercicio de los derechos fundamentales constituye un estado de indignidad… Y Eduardo Jorge. Prats, citando a Alexy Robert, dice: …Más aun, la consideración de la dignidad humana como derecho fundamental obliga a admitir que la dignidad humana no es un principio absoluto…
El acto descrito, en el mismo sentido, tiene un cierto parecido a los ejercicios de seguridad permitidos por la jurisprudencia, en el país y en otras latitudes, en puertos, aeropuertos, penitenciarias, etc., para garantizar el sano orden…
Cualidades que irradian de un ¨cuerpo celeste¨ cuya luz baña a todo hombre, independientemente de raza, credo, etc. Es un sol tan, tan potente que sus destellos llegan sin importar la posición, condición y situación en que nos encontremos. Un sol que su luz no tiene límites de tiempo ni espacio.
Esta condición coloca a todos en un plano de igualdad. Es decir, en otras palabras, todos poseemos, sin distinción de raza, ni color, ni credo una dignidad, la dignidad humana como derecho y conjunto de derechos fundamentales inalienables.
La sentencia 168-13 evacuada por el Tribunal Constitucional en asuntos migratorios es una plataforma a la solución pacífica del país en asuntos migratorios. Es la prueba de fuego que garantiza, con toda su buena fe, que ser dominicano/a tenga su más autentica legitimación. Se puede estar de acuerdo o no con la sentencia, pero necesario hacer algo para fortalecer la identidad jurídica del pueblo dominicano.
Tenemos que reconocer que en República Dominicana no todo el que diga perejil vibra de emoción al escuchar los nombres de Juan Pablo Duarte, Francisco del Rosario Sánchez y Matías Ramón Mella; no todo el que dice perejil tiene enclavado su ombligo junto al mástil de nuestra Bandera Tricolor; no todo que vocee perejil entona, lleno de alegría y orgullo, con lágrimas en los ojos y el alma, el Himno Nacional.
En consecuencia, son las autoridades competentes que tienen, dentro de los procedimientos, ser celosos, cuidar, proteger la soberanía. Hay que ser objetivo y estar claro en la gran afluente migratoria que llega al país, la cual hoy no se ve bien que sea reprimida con ejercicios represivos por las fuerzas del orden como en el pasado, y la gran presión que ejerce esta ola migratoria, directa o indirectamente, en las instituciones públicas y privadas del país.
Es la Patria de Duarte, Sánchez y Mella que puede estar en juego. Es nuestro patrimonio nacional que puede ser atentado. Por lo que, era necesario el esfuerzo de poner reglas claras que sirvan como herramientas eficaces en la cosa migratoria de República Dominicana. Con ello se pone fin a que los extranjeros sean usados como ¨chivos expiatorios¨ en épocas electorales; sean engañados en la vida cotidiana con la promesa de tener papeles legales; se amplia, con pruebas suficientes, el archivo de la nación en cuanto a la procedencia y origen de todos los ¨dominicanos¨; lo más importante de todo, se asegura la soberanía de nuestro Estado…
El Estado Dominicano, a través del Tribunal Constitucional, hace uso de su más legítima e independiente autoridad y jurisprudencia al querer poner reglas claras para que cualquier persona de origen extranjera pueda obtener plenos derechos políticos y civiles, y pedir desvelar su procedencia, si ya la tiene, en caso que lo amerite. Y para cumplir con dicha disposición es necesario obrar en el pasado. De no ser así no se extraería el mal, que se quiere corregir, desde su raíz.
Con esta sentencia del Tribunal Constitucional hay mucha gente afectada. Muchos de ellos, tan dominicanos como los fundadores de La República. No tienen la culpa ni remotamente de su situación. Pero tan poco nuestro pueblo tiene la culpa.
No obstante, por un lado, hay que tener fe en nuestras autoridades, en que la jurisprudencia encontrará soluciones a cada caso particular que se vea afectado y que aparecerán manos solidarias, en lo económico y técnico-jurisprudencial, en auxilio de las personas afectadas. Por otro lado, espero que cuando se descubra irregularidad intencionada de entrega de nacionalidad donde esté involucrado algún servidor público, éste sea puesto a la disposición de la ley para ser procesado por dicho delito.
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